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Sistema electoral

Cómo se convierten los votos en escaños: la provincia, la ley d'Hondt, las listas cerradas y lo que pasa en otros países.

Dónde se cuentan los votos: la provincia

El Congreso tiene 350 diputados y la circunscripción es la provincia (CE art. 68.2). Cada provincia recibe primero 2 diputados, y los 248 restantes se reparten por población (LOREG art. 162); Ceuta y Melilla eligen uno cada una.

Ese mínimo de dos hace que el voto no pese igual en todas partes. En las elecciones del 29 de noviembre de 2026, Soria, con 90.234 habitantes, elige 2 diputados, y Madrid, con 7.137.031, elige 38 (RD 806/2026; población del RD 1117/2025). Son unos 45.000 habitantes por escaño en Soria frente a unos 188.000 en Madrid: cada voto soriano pesa unas cuatro veces más.

Cómo se reparten los escaños: la ley d'Hondt

Dentro de cada provincia, los escaños se reparten con el método d'Hondt (LOREG art. 163):

  1. Se descartan las candidaturas con menos del 3 % de los votos válidos de la provincia.
  2. Los votos de cada una se dividen entre 1, 2, 3… hasta el número de escaños.
  3. Los escaños van a los cocientes más altos.

El ejemplo de la propia ley: 8 escaños y 480.000 votos repartidos entre seis candidaturas (A 168.000, B 104.000, C 72.000, D 64.000, E 40.000 y F 32.000). Los ocho cocientes más altos son A/1, B/1, A/2, C/1, D/1, A/3, B/2 y A/4. Resultado: A 4 escaños, B 2, C 1, D 1; E y F, ninguno.

El método por sí solo es proporcional. Lo que lo aleja de la proporcionalidad es el tamaño de las provincias: donde se reparten 2, 3 o 4 escaños, hace falta un porcentaje muy alto para sacar uno, y los votos a partidos pequeños se quedan sin representación. Donde se reparten 30 o más, el resultado se parece mucho al porcentaje de votos.

A quién votas: listas cerradas y bloqueadas

Al Congreso se vota a una lista que el partido ha ordenado. No se puede tachar a nadie, añadir nombres ni cambiar el orden: el voto sería nulo (LOREG art. 96.2). Quien ocupa el primer puesto entra con casi cualquier resultado; quien ocupa el último, casi nunca. Por eso el puesto en la lista lo decide en la práctica la dirección del partido, no el votante.

En el Senado, en cambio, se vota a personas: en cada provincia se eligen 4 senadores y cada elector puede marcar hasta 3 nombres de cualquier candidatura (LOREG art. 166).

Tipo de lista Qué puede hacer el votante Dónde
Cerrada y bloqueada Votar la lista entera, en su orden Congreso de España
Cerrada y desbloqueada Votar la lista y marcar preferencias dentro de ella Varios países europeos
Abierta Elegir personas de una o varias listas Senado de España, Suiza
Distrito de un diputado Votar a una persona; gana el más votado Reino Unido, Francia, Estados Unidos

El diputado y sus votantes: el mandato

La Constitución dice que los diputados y senadores «no estarán ligados por mandato imperativo» (CE art. 67.2): nadie puede darles instrucciones obligatorias. El Tribunal Constitucional ha entendido que el escaño es del diputado, no del partido, así que quien deja su grupo conserva el acta. En la práctica, los partidos imponen disciplina de voto y deciden quién repite en la lista.

Los defensores de la democracia formal, como García-Trevijano, proponen lo contrario: un diputado por distrito, elegido por mayoría, con un mandato de sus electores que estos puedan revocar. Sus críticos responden que ese sistema deja sin escaño a quien no gana en ningún distrito y puede dar mayorías absolutas con menos de la mitad de los votos.

Lo que se discute

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